¡Ya es oficial! El Consejo de Ministros aprobĂ³ el pasado 5 de abril el Real Decreto 249/2023, que incluye modificaciones en la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevenciĂ³n y lucha contra el fraude fiscal.
En concreto, se indican nuevas obligaciones con Hacienda: a partir de enero de 2024 serĂ¡ obligatorio declarar las criptomonedas y resto de monedas virtuales que se tengan en el extranjero.
¿QuĂ© son las criptomonedas?
Las criptomonedas son una forma de moneda virtual que usan la criptografĂa para verificar las transacciones.
En España, se reconocen las criptomonedas como moneda de pago desde el año 2015.
¿CuĂ¡l es la diferencia principal entre las criptomonedas y las monedas tradicionales? Las criptomonedas son descentralizadas y no estĂ¡n controladas por ningĂºn Gobierno ni instituciĂ³n financiera.
El uso que se le da a las criptomonedas es para comprar servicios y bienes en lĂnea y para realizar diferentes transacciones.
Para su uso, las criptomonedas se integran en la tecnologĂa conocida como blockchain. Se trata de un registro descentralizado que permite realizar las transacciones de manera segura.
Existen muchos tipos de criptomonedas, ya que en los Ăºltimos años ha aumentado su uso, aunque la mĂ¡s habitual es el Bitcoin.
¿CĂ³mo tributan las criptomonedas?
La tributaciĂ³n de las criptomonedas varĂa segĂºn el paĂs y segĂºn la regulaciĂ³n fiscal especĂfica que exista en cada zona. En la mayorĂa de paĂses, las criptomonedas se consideran activos y se tratan como tal para fines fiscales.
En estos casos, la compra y venta de criptomonedas estarĂa sujeta a impuestos. Es decir, si se obtienen ganancias se podrĂan pagar impuestos. Mientras que si se pierde dinero, se podrĂan deducir las pĂ©rdidas.
¿Por quĂ© es necesario declarar las criptomonedas en 2024?
A partir del 1 de enero de 2024 serĂ¡ obligatorio declarar las criptomonedas y resto de monedas virtuales. Esta obligaciĂ³n nace con el fin de mejorar el control fiscal y tributario.
AsĂ, toda entidad o persona jurĂdica establecida en España tendrĂ¡ que informar de manera anual a Hacienda sobre las operaciones de criptomonedas que maneje en el territorio o en un paĂs extranjero.
Esto es con independencia de que sean criptomonedas propias o de terceros.
¿QuiĂ©nes deben informar sobre operaciones con criptomonedas a partir de 2024?
El Real Decreto 249/2023 incluye modificaciones en el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestiĂ³n e inspecciĂ³n tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicaciĂ³n de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.
En concreto, recoge el artĂculo 39 bis y el artĂculo 39 ter que indica que deberĂ¡n informar sobre operaciones con criptomonedas:
- Personas residentes en España.
- Personas y entidades que ofrezcan servicios para salvaguardar claves criptogrĂ¡ficas privadas en nombre de terceros con el fin de almacenar y transferir esas monedas.
- Establecimientos permanentes ubicados en territorio español de residentes extranjeros que ofrezcan servicios para el intercambio de criptomonedas.
- Establecimientos que hayan sido propietarios, hayan estado autorizados o hayan resultado beneficiarios de las operaciones con criptomonedas.
- TambiĂ©n, establecimientos que hayan tenido poderes de disposiciĂ³n sobre las criptomonedas o hayan sido los verdaderos propietarios en cualquier momento del año.
¿Se deberĂ¡ informar sobre saldos en monedas virtuales?
¡AsĂ es! Las personas y entidades residentes en España, asĂ como los establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades residentes en el extranjero, que ofrezcan servicios para almacenar o transferir monedas virtuales o criptomonedas deberĂ¡n realizar una declaraciĂ³n informativa anual.
En esta declaraciĂ³n deberĂ¡n incluirse las monedas virtuales que se mantengan custodiadas.
En el caso de las personas o entidades residentes en España y los establecimientos en territorios español de personas o entidades residentes en el extranjero, que intermedien de alguna manera en la realizaciĂ³n de operaciones con criptomonedas tambiĂ©n tendrĂ¡n que presentar la declaraciĂ³n.
Se tendrĂ¡n que incluir la adquisiciĂ³n, transmisiĂ³n, transferencias, cobros y pagos de monedas virtuales.
¿Se tendrĂ¡ que informar sobre monedas virtuales en el extranjero?
TambiĂ©n serĂ¡ necesario informar sobre monedas virtuales en el extranjero.
Es decir, personas fĂsicas y jurĂdicas residentes en territorio español y establecimientos permanentes en el territorio de personas o entidades no residentes estarĂ¡n obligados a presentar una declaraciĂ³n informativa anual.
En esta declaraciĂ³n se deberĂ¡n incluir la totalidad de las monedas virtuales situadas en el extranjero de las que se sea titular o, en su caso de las que tenga la condiciĂ³n de persona beneficiaria.
Hacienda incluye un apartado dedicado a ‘Monedas virtuales’
Para declarar las criptomonedas Hacienda ha incluido un apartado (1800) dedicado a las monedas virtuales.
En este apartado habrĂ¡ que incluir todas las operaciones de compraventa, con un lĂmite mĂ¡ximo de 25 ganancias y pĂ©rdidas patrimoniales.
AdemĂ¡s, para el año 2024 se incluirĂ¡ el Modelo 721, que sustituirĂ¡ al Modelo 720, para informar sobre monedas virtuales en el extranjero.
En este caso, no tendrĂ¡n obligaciĂ³n de informar sobre criptomonedas aquellos saldos que a 31 de diciembre no superen de manera conjunta los 50.000 euros.
Por su parte, los modelos 172 y 173 se van a centrar en empresas con residencia fiscal en España que participen en el mercado de las criptomonedas, ya sea como agencias de intercambio o monederos virtuales.
SerĂ¡ necesario presentar los modelos informando de las operaciones realizadas en España y en el extranjero.
¿CuĂ¡les son los tramos para declarar las ganancias con criptomonedas?
Todo apunta a que los tramos para tributar las ganancias con criptomonedas y resto de monedas virtuales serĂan:
- De 0 a 6.000 euros: 19%.
- De 6.001 a 50.000: 21%.
- De 50.001 a 200.000: 23%
- A partir de 200.001: 26%.
¿CĂ³mo se calcula lo que se ha ganado al vender criptomonedas?
¿Necesitas calcular lo que has ganado al vender criptomonedas? El cĂ¡lculo de las ganancias obtenidas al vender criptomonedas puede ser complicado debido a la inestabilidad del mercado y a la falta de regulaciĂ³n.
En general, el cĂ¡lculo para conocer quĂ© se ha ganado al vender criptomonedas se basa en la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta de las criptomonedas, ademĂ¡s de cualquier gasto adicional que pueda haber surgido en la compra y venta de las mismas.
Por ejemplo, imagina que compraste una criptomoneda por 50 euros y la vendiste por 70 euros, la ganancia serĂa de 20 euros. Pero, imagina que pagaste una comisiĂ³n al comprar esa criptomoneda, entonces la ganancia real serĂa un poquito menor.
Para conocer el tipo de cambio a euro al que se comprĂ³ o se vendiĂ³ la moneda virtual, serĂ¡ necesario acceder a la cotizaciĂ³n en euros en el momento de la transacciĂ³n.
AdemĂ¡s, si compras varias criptomonedas. Por ejemplo, una por 20 euros y otra por 30 y al tiempo vendes una por 35 euros, ¿sabes a quĂ© criptomoneda se refiere? ¿A la de 20 euros? ¿O a la de 30?
En este caso, aparece el método First In First Out, que supone que las criptomonedas que se venden son las que se compraron en primer lugar.
Sanciones por no declarar el uso de criptomonedas
La sanciones para usuarios que oculten informaciĂ³n sobre el uso de criptomonedas van a ser variables, pudiendo ascender hasta unos 5.000 euros.
Si no quieres incurrir en sanciones, es muy importante que te vayas poniendo al dĂa en cuanto a esta novedad y te vayas preparando para el prĂ³ximo año.
¿ConocĂas la obligaciĂ³n de declarar las criptomonedas y resto de monedas virtuales desde el 1 de enero de 2024? No olvides dejar mĂ¡s abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!
Que va a pasar con los jubilados que arriesgan sus ahorros invirtiendo en criptomonedas?
Se sumarĂ¡ el beneficio a la pensiĂ³n y podrĂ¡ quedarse sin pensiĂ³n no contributiva por ejemplo?.
Pues no lo sĂ©, pero si ganarĂ¡n pir ejemplo mĂ¡s de 24000 euros no estarĂa de mĂ¡s que al año siguiente le quitasen la pensiĂ³n ” no contributiva”
Las ventas de criptomonedas en persona o acuerdos con otras personas que te pagan mediante transferencia como se declararĂan?
Si compro una criptomoneda y la vendo el mismo dĂa al mismo precio, tendrĂ© que declarar algo? Otra pregunta las transacciones de criptomonedas aparecen reflejadas en la planilla de IRPF asĂ no hayas ganado nada?
Hola Wilmar, las operaciones de intercambio realizadas al margen de una actividad econĂ³mica deben incluirse en la declaraciĂ³n del IRPF y debe presentarse por el contribuyente en el apartado “Ganancias y pĂ©rdidas patrimoniales derivadas de la transmisiĂ³n o permuta de monedas virtuales por particulares” de la declaraciĂ³n.
Si la criptomoneda la tengo desde hace años y me la regalaron (no la comprĂ© yo), simplemente me la transfirieron (a esto le sumamos que no se ni puedo demostrar que precio tenĂa en su dĂa). Como tributarĂa? , tendrĂa algĂºn problema por no ser comprada sino transferida?. Imagino que el impuesto a pagar serĂa el IRPF correspondiente asumiendo el total del valor de la criptomoneda como beneficio, o no? .
Muchas gracias!!!
Los tramos para tributar son por operaciĂ³n o por el conjunto de beneficio anual?
Buenas tardes. QuerrĂa saber si un particular que haya comprado criptomonedas durante este año 2023 tiene obligaciĂ³n de declarar en 2024 la adquisiciĂ³n de las mismas, con independencia de que deba declarar de nuevo cuando decida venderlas en un futuro. Asimismo, me gustarĂa saber si deben declarase todas las ventas y compras que se produzcan a lo largo de un año, aunque el dinero permanezca en el “wallet” de la plataforma y no se transfiera a ninguna cuenta.
Muchas gracias.
Hola Federico, las personas residentes en España deben declarar incluyendo las monedas virtuales que se encuentren custodiadas, asà como las adquisiones, transmisiones, transferencias, pagos y cobros.
Yo tengo 1.4 bitcoin en una cartera de ordenador que controlo solo yo en España. Lo tengo desde hace muchos años y no hay movimientos. ¿Tengo que declararlo?
Buenas tardes, en 2023 he realizado compra de criptomonedas y venta para comprar otras criptomonedas, con muchos movimientos, entiendo que esto es lo que quiere saber hacienda, el problema es que no se donde recuperar la informaciĂ³n de esos movimientos ya que yo no tengo hecho un seguimiento. Por otro lado mi pareja comprĂ³ criptomonedas en 2021 y apenas ha hecho operaciones con ellas, ¿CĂ³mo se declara esto Ăºltimo? ¿Hay que indicar el valor a 1 de enero de 2023 y el valor a 31 de diciembre de 2023?
Hola buenas, entiendo que si a 31 de diciembre del 2023 no tenĂas 50k en criptomonedas no estĂ¡ obligado a informar?