¡Traemos una novedad importante! ¿Es posible firmar sin estar presencialmente en el notario?
Así es, a partir de noviembre será posible firmar sin necesidad de estar presencialmente en el notario.
Así lo recoge la Ley 11/2023 de trasposición de Directivas de la Unión Europea en materia de accesibilidad de determinados productos y servicios, migración de personas altamente cualificadas, tributaria y digitalización de actuaciones notariales y registrales; y por la que se modifica la Ley 12/2011, de 27 de mayo, sobre responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos.
Esta medida entrará en vigor a partir del 9 de noviembre de 2023. Te contamos todos los detalles, a continuación:
¿Debo visitar personalmente al notario para validar mis trámites y gestiones online?
A partir del 9 de noviembre se acabaron las visitas presenciales ante notario para validar las gestiones online.
Todos los trámites podrán gestionare de forma online a través de una vídeo-llamada y se podrán firmar mediante el uso de la firma electrónica.
Esto supone un desahogo para los despachos profesionales y para los clientes que tenían que mover sus agendas para poder realizar las gestiones de manera presencial.
Los trámites notariales solían requerir visitas presenciales y un papeleo extenso, que causaba muchos quebraderos de cabeza.
A partir de noviembre será posible realizar todas las gestiones notariales de forma segura y ágil usando la firma electrónica.
Esta medida va a simplificar los procesos y va a permitir ahorrar en tiempo, en costes y en esfuerzo.
¿Puedo firmar online sin necesidad de estar presencialmente en el notario?
A partir de noviembre de 2023 no va a ser necesario que un notario acredite de forma presencial los trámites para que éstos tengan validez legal.
Bastará con hacer una reunión online y firmar los documentos a través de una solución de firma electrónica, como es Firmafy.
Es decir, será posible firmar documentos y contratos con la misma seguridad jurídica que cuando se acude a una notaría pero no será necesario desplazarse.
Todo podrá realizarse mediante el uso de videoconferencias y el uso de firma electrónica.
¡IMPORTANTE! La intervención notarial será crucial, pero en lugar de realizarse de manera presencial podrá gestionarse de forma online.
Firmafy ofrece plenas garantías legales y jurídicas. Identifica la identidad del firmante a través de 6 evidencias que, además, garantizan la inalterabilidad del documento firmado.
Así se elimina la necesidad de estar de forma presencial en el notario, pudiendo realizar tus gestiones cómodamente desde casa.
¿Qué ventajas tiene realizar las gestiones notariales online con la firma electrónica?
Como hemos comentado, firmar online sin necesidad de estar presencialmente ante notario supone un ahorro de tiempo.
La posibilidad de realizar las gestiones desde casa a través de la firma electrónica permite evitar desplazamientos innecesarios.
Además, el proceso de firma se vuelve muy ágil ya que se puede formalizar de manera instantánea.
También se reduce el uso de papel lo que minimiza costes en las empresas y fomenta a su vez la preservación del medioambiente.
Asimismo, la firma electrónica es una manera de autenticación reconocida que garantiza la identidad del firmante y la integridad de los documentos firmados.
¿Las actuaciones notariales serán digitales a partir de noviembre de 2023?
Tal y como recoge la Ley 11/2023 las actuaciones notariales van a poder digitalizarse.
Los notarios podrán prestar sus servicios de forma online y todas las gestiones que se realicen van a tener la misma seguridad y validez jurídica que si se realizasen de manera presencial.
Las gestiones se pueden realizar a través de:
- Un encuentro por videoconferencia.
- La autorización y firma de documentos mediante soluciones de firma electrónica.
¿Qué trámites notariales van a poder realizarse online?
Es importante entender que no se excluye la intervención notarial, simplemente en lugar de realizar las gestiones de manera presencial se pueden hacer online.
Tal y como recoge la Ley 11/2023 se podrá realizar el otorgamiento y autorización a través de videoconferencia como cauce para el ejercicio de la función pública notarial, en los siguientes actos o negocios jurídicos:
- Pólizas mercantiles.
- La constitución de sociedades, nombramientos y apoderamientos mercantiles de toda clase previstos en la legislación mercantil, así como el otorgamiento de cualquier otro acto societario, siempre que en caso de contener aportaciones de los socios al capital social sean dinerarias.
- Los poderes de representación procesal, para la actuación ante las administraciones públicas, así como los electorales, y los poderes para actos concretos. No será posible la autorización por videoconferencia de poderes generales o preventivos.
- La revocación de poderes, excepto los generales preventivos.
- Las cartas de pago y las cancelaciones de garantías.
- Las actas de junta general y las de referencia en sentido estricto.
- Los testimonios de legitimación de firmas.
- Los testamentos en situación de epidemia declarada mientras dure la obligación de confinamiento.
- Las declaraciones de obra nueva sin extinción de condominio, ni adjudicación de propiedad, y la división de la propiedad horizontal.
- La conciliación, salvo que el notario considere conveniente la presencia física para el buen fin del expediente.
- Aquellos actos y negocios jurídicos para los que, conforme a su naturaleza, se establezca reglamentariamente.
¿Dónde y cómo firmar ante notario online?
La persona que desee firmar un documento ante notario vía online tendrá que pedir cita a través del portal del ciudadano. Ahí se le asignará un notario para iniciar una videollamada.
En esa llamada online el notario comprobará la veracidad de la identidad de la persona y comenzarán las gestiones.
Una vez finalicen todos los trámites, tanto el notario como la persona que inició el trámite tendrán que firmar los documentos con su firma electrónica.
Queda claro que la digitalización está en auge y está transformando la manera en la que realizamos las gestiones diarias.
¿Qué te parece la posibilidad de realizar las visitas al notario de forma online? No olvides dejar tus comentarios más abajo, ¡nos encanta leerte!
Buenos días, mi consulta es sobre el acuerdo previo a firmar escrituras en notaría que según la ley 5/ 2019 en el artículo 15 obliga a comparecer ante notario para ser informado de las cláusulas de la escritura hipotecaria
Gracias
Buenos días, puedo realizar una jura de bandera con domicilio Granada capital via digital con reunión on line? Gracias
Buenos dias, se puede hacer un poder notarial para una persona que no puede desplazarse por enfermedad.
es para la firma de una escritura
cuanto costaria aproximadamente
gracias