Todo lo que debes saber sobre la nueva Ley de Startups

Olga Agea
8 de septiembre de 2023
Todo lo que debes saber sobre la nueva Ley de Startups

Hace ya casi un año que se publicó la Ley de Startups. En concreto, el 22 de diciembre de 2022 se publicó en el BOE la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, tras aprobarse de manera definitiva por el Congreso el 1 de diciembre del año pasado.

Esta Ley tiene como objetivo principal impulsar la creación de nuevas empresas emergentes.

A continuación, te contamos todo lo que debes saber sobre la nueva Ley de Startups.

Ahora bien, hay una novedad importante a tener en cuenta. Para beneficiarse de las medidas de apoyo incluidas en la Ley de Startups es requisito fundamental tener la condición de empresa emergente.

Para lograr esa acreditación hay que presentar una solicitud ante ENISA (Empresa Nacional de Innovación) y para ello, ha sido necesario esperar hasta conocer los criterios a cumplir, pendientes de desarrollo mediante orden ministerial hasta el momento.

El pasado 21 de julio se publicó en el BOE la Orden PCM/825/2023, de 20 de julio, por la que se regulan los criterios y el procedimiento de certificación de empresas emergentes que dan acceso a los beneficios recogidos en la Ley de Startups.

Tienes toda la información relevante, a continuación.

 

¿Qué es la Ley de Startups?

La Ley de Startups pretende posicionar a España en el desarrollo potencial de un ecosistema emprendedor para atraer talento y capital internacional.

Además, la Ley de Startups tiene como fin principal fomentar la creación y la relocalización de empresas emergentes en España, especialmente las microempresas, pequeñas y medianas empresas emprendedoras, así como aumentar su capacidad de internacionalización.

Otro de los objetivos de la Ley de Startups es estimular la inversión pública y privada en empresas emergentes y favorecer la interrelación entre empresas, agentes financiadores y territorios para aumentar las posibilidades de éxito de las empresas emergentes.

Asimismo, persigue eliminar las brechas de género existentes en el ecosistema español de empresas emergentes.

La Ley de Startups se encuentra dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia con el que el Gobierno pretende favorecer el emprendimiento innovador y aumentar la inversión en el sector del emprendimiento en un 20%.

Esta normativa ha sido otra de las leyes aprobadas por el Gobierno para fomentar el emprendimiento, como la Ley Crea y Crece.

Pese a su publicación el pasado diciembre de 2022, hasta el momento había aspectos específicos que definir.

Por ejemplo, se estaba a la espera de la publicación de la orden interministerial que vendría a definir qué es una empresa emergente.

Finalmente, esta orden ministerial fue publicada el pasado 21 de julio en el BOE.

Tras haberse publicado la orden ministerial ya se puede certificar qué empresas van a considerarse como emergentes para acceder a los beneficios fiscales previstos en la Ley de Startups.

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¿Qué cambios introduce la Ley de Startups?

Una de las principales novedades incluidas en la Ley de Startups es que se pueden crear startups con tan sólo 1 euro y en menos de 6 horas a través de un documento electrónico y su posterior inscripción en el registro mercantil.

Además, lo que realmente está suponiendo un gran atractivo para los inversores son las diversas ventajas fiscales que aporta la normativa.

La Ley de Startup presenta beneficios fiscales para las empresas y para los emprendedores, entre los que destacan la reducción del tipo impositivo en los impuestos de sociedades y sobre la renta de no residentes.

Con la Ley de Startups se reduce el tipo impositivo en el impuesto de sociedades y el impuesto sobre la renta de no residentes del tipo general del 25% al 15% en los cuatro primeros ejercicios desde que la base imponible sea positiva.

También se permite el aplazamiento de la deuda tributaria sin garantías ni intereses y se elimina la obligación de efectuar pagos fraccionados.

Además, durante los 3 primeros años se exime a la startup de la disolución de pérdidas relacionadas o que generen un desequilibrio patrimonial.

Otra modificación que recoge la Ley de Startups es la mejora de la exención de tributación fiscal que pasa de los 12.000 euros a los 50.000 euros anuales en el caso de acciones o participaciones de compra.

Por su parte, la base de deducción por inversión en empresas de nueva o de reciente creación se eleva de los 60.000 euros hasta los 100.000 euros anuales y el tipo de deducción pasa del 30% al 50%.

Se pueden beneficiar de esta modificación los inversores y los propios emprendedores.

Las startups pueden solicitar el aplazamiento de la deuda tributaria del impuesto de sociedades por un período de 12 meses.

También pueden aplazar el impuesto sobre la renta de no residentes en los dos primeros ejercicios desde que la base imposible sea positiva por un período de 6 meses.

En el caso de la tributación del carried interest (comisión a éxito de las gestoras de capital riesgo) la exención puede ser de hasta un 50%.

Para acreditar como startup a una empresa la función corresponde a la Empresa Nacional de Innovación (ENISA) a modo de ventanilla única.

 

Ya se ha publicado la Orden ministerial de certificación de empresas emergentes

Como comentamos, ya se ha publicado la Orden PCM/825/2023 en la que se indican qué requisitos deben cumplir las entidades para considerarse como empresas emergentes.

A continuación, analizamos dichos requisitos, detallamos cómo realizar la solicitud y cuál es el pazo para conceder la certificación.

 

¿Cuáles son los requisitos para convertirse en una startup?

Tal y como recoge la Orden PCM/825/2023 en su artículo 2 se considerará empresa emergente toda persona jurídica que reúna las condiciones previstas en el artículo 3 de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre.

Por tanto, los requisitos para convertirse en una startup son:

  • Ser una entidad de nueva creación o, no siendo de nueva creación, cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de inscripción en el Registro Mercantil, o Registro de Cooperativas competente, de la escritura pública de constitución, con carácter general.
  • O de siete años en el caso de empresas de biotecnología, energía, industriales y otros sectores estratégicos o que hayan desarrollado tecnología propia, diseñada íntegramente en España.
  • No haber surgido de una operación de fusión, escisión o transformación de empresas que no tengan consideración de empresas emergentes.
  • No distribuir ni haber distribuido dividendos, o retornos en el caso de cooperativas.
  • No cotizar en un mercado regulado.
  • Tener su sede social, domicilio social o establecimiento permanente en España.
  • Tener al 60 % de la plantilla con un contrato laboral en España. En las cooperativas se computarán dentro de la plantilla, a los solos efectos del citado porcentaje, los socios trabajadores y los socios de trabajo, cuya relación sea de naturaleza societaria.
  • Desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador que cuente con un modelo de negocio escalable.

Las empresas que deseen tener la condición de empresa emergente tendrán que remitir a ENISA (entidad certificadora) la correspondiente solicitud.

Por su parte, no van a poder acogerse a los beneficios de la Ley de Startups:

  • Las empresas emergentes fundadas o dirigidas por sí o por persona interpuesta, que no estén al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Las entidades que hayan sido condenadas por sentencia firme por un delito de administración desleal, insolvencia punible, delitos societarios o delitos de blanqueo de capitales, entre otros.
  • Las empresas que hayan perdido la posibilidad de contratar con la Administración.

A continuación, analizamos los criterios de evaluación que tendrá que tener en cuenta la entidad certificadora de startups:

 

Criterios de evaluación del carácter de emprendimiento innovadora para las startups

La empresa solicitante va a tener que acreditar que desarrolla un proyecto de emprendimiento innovador, que será evaluado por la entidad certificadora.

Se va a considerar que una empresa desarrolla un proyecto de emprendimiento innovador cuando su finalidad sea:

  • Resolver un problema.
  • O mejorar una situación existente a través del desarrollo de productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica y que lleve implícito un riesgo de fracaso tecnológico, industrial o en el propio modelo de negocio.

Para cumplir el requisito de proyecto de emprendimiento innovador se tendrá que cumplir al menos una de estas condiciones:

  • Los gastos en investigación, desarrollo e innovación tecnológica tienen que representar, al menos, un 15% respecto de los gastos totales de la empresa durante los dos ejercicios anteriores, o, en el ejercicio anterior cuando se trate de empresas de menos de dos años.
  • Que la empresa solicitante haya sido beneficiaria de inversión, financiación o ayuda públicas para el desarrollo de proyectos de I+D+i o de emprendimiento innovador en los últimos tres años sin haber sufrido revocación por incorrecta o insuficiente ejecución de la actividad financiada.
  • Que la empresa disponga de un informe motivado emitido por el Ministerio de Ciencia e Innovación, respecto a su alto grado de innovación.
  • Que la empresa acredite disfrutar de bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social por tener contratado personal investigador.
  • Que la empresa disponga de un Sello Pyme Innovadora concedido por el Ministerio de Ciencia e Innovación.
  • Que la empresa disponga de Certificación de Joven Empresa Innovadora emitida por AENOR (EA0043) o de Certificación de Pequeña o microempresa Innovadora emitida por AENOR (EA0047) o Certificación conforme a la norma UNE 166.002- Sistemas de gestión de la l+D+i.

Si la compañía no cumple ninguno de los requisitos mencionados, entonces la entidad certificadora evaluará el carácter de emprendimiento innovador teniendo en cuenta:

  • La presencia de innovación tecnológica.
  • Y la presencia de innovación en productos, procesos, servicios o modelos de negocio.

 

Criterios de evaluación del carácter de emprendimiento escalable de startups

Para considerarse empresa emergente, la entidad solicitante debe acreditar su carácter de emprendimiento escalable.

Para ello, la entidad certificadora valorará el grado de escalabilidad de la empresa solicitante, según los criterios siguientes:

  • Grado de atractivo del mercado. Se valorará la oferta y la demanda del sector en el que opera la empresa solicitante, la generación de tracción o las estrategias de captación de usuarios o clientes.
  • Fase de la vida de la empresa. Se valorará la implementación de prototipos y la obtención de un producto mínimo viable o la puesta en mercado del servicio.
  • Modelo de negocio. Se considerará respecto de cada solicitante la escalabilidad del número de sus usuarios, del número de sus operaciones o de su facturación anual, así como la definición y monetización de su actividad, productos y/o servicios y los objetivos y naturaleza de su plan de inversión y su financiación.
  • Competencia. Se valorarán las empresas competidoras en su ámbito o sector de actividad y la diferenciación respecto de las mismas.
  • Equipo. Se valorará la experiencia, formación y trayectoria del equipo que componga la empresa solicitante.
  • Contratos con proveedores, suministradores y contratos de alquiler. Se considerarán las empresas y/o profesionales que prestan servicios a la empresa solicitante y su importancia en el proceso de producción.
  • Clientes. Se considerarán el volumen de clientes o usuarios de la empresa solicitante, su grado de concentración y su relevancia para la empresa en función de su diversificación.

¡Importante! La entidad certificadora considerará como factor de aprobación directa del carácter del emprendimiento escalable el haber firmado una o varias pólizas de crédito con ENISA en los últimos tres años, siempre que alguna de ellas esté vigente y no existan incidencias sobre la misma.

 

¿Cuál es el procedimiento de certificación de empresa emergente?

El inicio del procedimiento de certificación comienza con la presentación electrónica de la solicitud de certificación por la empresa interesada.

Para ello, tendrá que acceder al registro electrónico habilitado en el portal web de ENISA, a la que se adjuntará la documentación necesaria.

Una vez se ha iniciado el procedimiento, la entidad certificadora dispondrá de un plazo máximo de tres meses para resolver y notificar, si procede, su carácter de empresa emergente.

ENISA va a poder establecer acuerdos con terceras entidades colaboradoras para la realización de actividades relativas a la tramitación, gestión documental, difusión y seguimiento de la solicitud.

Si la entidad certificadora utiliza para su análisis hechos, datos o documentación no entregada por el solicitante y que pueda determinar la desestimación de la solicitud, se dará a la entidad interesada trámite de audiencia por plazo de diez días.

Una vez transcurra el plazo máximo para resolver y notificar podrá suspenderse.

Si superado el plazo concedido no se atiende el requerimiento de ampliación o subsanación, se entenderá que la empresa solicitante desiste de su pretensión de certificación.

 

¿Qué documentación es necesaria para obtener la certificación de empresa emergente?

La empresa tiene que remitir su solicitud junto a la siguiente documentación necesaria para la certificación como empresa emergente:

  • Documentación acreditativa de la empresa solicitante.
  • Número de identificación fiscal.
  • Escritura pública de constitución.
  • Cuentas anuales cerradas del último ejercicio.
  • Certificado de estar al corriente de pagos con Hacienda.
  • Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social.
  • Declaración responsable del cumplimiento de requisitos de los artículos 3 y 6 de la Ley 28/2022.
  • Plan de negocio.

La fecha a partir de la cual la empresa certificada puede acogerse a los beneficios y especialidades de la Ley de Startups será la fecha de la certificación.

Ojo, si la empresa emergente deja de cumplir algunos de los requisitos exigidos para la certificación, la entidad certificadora iniciará de oficio un procedimiento para dejar sin efecto la certificación de empresa emergente.

 

¿Qué otras novedades incluye la Ley de Startups?

Otra de las novedades que recoge la Ley de Startups es que los autónomos asalariados que creen una startup no van a pagar su cuota al RETA durante 3 años.

Es decir, las personas trabajadoras por cuenta propia que sean asalariadas van a tener bonificadas durante 3 años el 100% de sus cuotas al RETA.

En su Disposición final cuarta, la Ley de Startups incluye una modificación de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo y añade un nuevo artículo 38 quinquies.

En este artículo especifica las bonificaciones de cuotas en favor de trabajadores autónomos de empresas emergentes en situación de pluriactividad:

«A los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos por poseer el control efectivo, directo o indirecto, de una empresa emergente regulada en la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, y que, de forma simultánea, trabajen por cuenta ajena para otro empleador, les resultará de aplicación una bonificación del cien por cien de la cuota correspondiente a la base mínima establecida con carácter general, en cada momento, en el citado régimen especial durante los tres primeros años».

Asimismo, la Ley de Startups incluye otras novedades que fomentan la atracción del talento en España.

De hecho, desde que entró en vigor la Ley de Startups se ha producido un incremento en la solicitud de visados y autorizaciones de residencia de personas emprendedoras que desean venir a España para emprender.

 

¿Cómo puede la Ley de Startups atraer talento y crear empleo?

La Ley de Startups incluye las siguientes novedades para atraer talento y crear empleo:

 

Los inversores extranjeros no tienen que presentar el NIE

Para crear empleo y atraer nuevo talento, con esta nueva Ley de Startups, se modificó el régimen fiscal del impuesto sobre la renta de no residentes aplicable a directivos, inversores, etc.

Los inversores que pertenezcan a un país extranjero pueden operar simplemente presentando el NIF, sin necesidad de presentar el NIE.

Para atraer el talento, el procedimiento para obtener el visado y la residencia se convierte en un proceso mucho más sencillo y se incluye a los españoles que hayan sido no residentes en el país durante al menos 5 años.

Es decir, la Ley de Startups reconoce a los ‘Nómadas Digitales’ (personas que tienen empleos que les permiten trabajar en remoto y cambiar su zona de residencia de manera habitual).

Para ello, se les ofrece un visado para teletrabajo de carácter internacional.

Los extranjeros no residentes en España que deseen residir en territorio español y teletrabajar para una empresa que no esté ubicada en España pueden solicitar un visado para teletrabajo de carácter internacional.

En el caso de ejercicio de una actividad laboral únicamente se puede trabajar para empresas ubicadas fuera del territorio nacional.

Si se trata del ejercicio de una actividad profesional se permite trabajar para una empresa ubicada en España, siempre y cuando el porcentaje de ese trabajo no sea superior al 20% del total de su actividad profesional.

Este visado va a tener una duración máxima de un año, aunque se puede solicitar la autorización de residencia para teletrabajo de carácter internacional.

En este caso, la validez de la autorización tiene una vigencia máxima de 3 años.

Las personas titulares de la autorización de residencia para teletrabajo pueden solicitar su renovación por períodos de 2 años.

 

Se elimina la doble cotización a la Seguridad Social en caso de pluriactividad

Las personas trabajadoras que compaginen su startup con un empleo por cuenta ajena están exentos de cotizar como autónomos durante 3 años.

Así, se elimina la doble cotización a la Seguridad Social en caso de pluriactividad.

Además, las personas empleadas disponen de un mejor tratamiento a la hora de recibir la remuneración, ya que las opciones versan sobre acciones de la propia compañía o stock options.

Para incorporar nuevos modelos de negocio se impulsan los sandbox regulatorios (entornos de prueba).

 

Visado especial para emprendedores

Además, se ofrece un visado especial para emprendedores que deseen instalarse en el territorio español.

 

¿Cuándo entró en vigor la Ley de Startups?

La Ley de Startups entró en vigor el 23 de diciembre de 2022, un día después de su publicación en el BOE, aunque las principales novedades fiscales y administrativas aún no habían comenzado a aplicarse.

Ha sido necesario esperar hasta la publicación de la orden ministerial que ha llegado a definir el concepto de empresa emergente.

Esta Orden PCM/825/2023, por la que se regulan los criterios y el procedimiento de certificación de empresa emergentes se publicó en el BOE el 21 de julio de 2023.

¿Qué piensas sobre la Ley de Startups? ¿Crees que surgirán más compañías emergentes tras la nueva Ley de Startups? Déjanos tus comentarios más abajo, ¡nos encanta leerte!

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