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Abierto el plazo de solicitudes del Kit Digital desde el 15 de marzo

Olga Agea
3 de marzo de 2023
Abierto el plazo de solicitudes del Kit Digital desde el 15 de marzo

El Gobierno ha lanzado ya todas las convocatorias de ayudas para acceder al Bono Digital.

Ya está abierto el plazo de solicitudes del Kit Digital desde el 15 de marzo de 2022 para pymes y autónomos de entre 10 y 49 empleados.

Además, las empresas de entre 3 y 9 trabajadores pueden también solicitar su Bono desde el 2 de septiembre de 2022 y el plazo para solicitar la ayuda de Kit Digital para pymes de entre 0 y 2 trabajadores comenzó el 20 de octubre del año pasado.

Te contamos todos los detalles, a continuación:

 

Ampliado el plazo de solicitudes del Kit Digital para pymes del Segmento I

Las pymes y los autónomos de entre 10 y 49 empleados pueden solicitar su bono del Kit Digital desde el 15 de marzo de 2022.

En un primer momento, el fin de la convocatoria se había establecido para el 15 de marzo de 2023, pero desde Red.es han anunciado una ampliación de hasta el 31 de diciembre de 2024 para todas las convocatorias.

De esta manera, las pymes y autónomos del Segmento I, II y III podrán solicitar su Bono de Kit Digital hasta diciembre de 2024.

Hay que recordar que las pymes del Segmento II (de entre 3 y 9 trabajadores) pueden solicitar su Bono de Kit Digital desde el 2 de septiembre.

El plazo para que presenten las solicitudes las pequeñas empresas de entre 0 y 2 empleados se abrió el 20 de octubre de 2022.

Desde el 18 de abril de 2022 ya se empezaron a resolver las primeras solicitudes de Kit Digital de las empresas de entre 10 y 49 empleados.

Como últimas novedades, hay que destacar que se publicó una resolución de la entidad pública empresarial Red.es en la que se informó de la ampliación de la cuantía fijada inicialmente en la Convocatoria de ayudas destinadas a la digitalización de empresas del Segmento I en 100 millones de euros.

Para ejercer el derecho a cobro de la subvención del Kit Digital, los autónomos y pymes tendrán que elegir y contratar la solución digitalizadora que mejor se adapte a sus necesidades y realizar un Acuerdo de Prestación.

El plazo para formalizar el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización será de 6 meses desde que se le notifique a la pyme o al autónomo la concesión de la ayuda.

Una vez que se ha formalizado el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización, se iniciará en un plazo de 3 meses la instalación y el desarrollo de la solución. Además, se procederá al pago de la factura emitida por el Agente Digitalizador.

La presentación de la justificación será de 3 meses, una vez que el agente digitalizador haya finalizado con la prestación de sus servicios.

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¿Cómo mido la plantilla de mi empresa para saber en qué Segmento estoy del Kit Digital?

¿Tienes dudas y no sabes a qué Segmento pertenece tu empresa? Ten en cuenta que es fundamental que calcules de forma correcta la plantilla de tu empresa, de lo contrario, podrías perder la oportunidad de acceder al Kit Digital.

Según la Orden ETD/734/2022, de 26 de julio, el número de empleados de los segmentos I, II y III, se calculará teniendo en cuenta los datos de trabajadores existentes en el Régimen General de la Seguridad Social y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, o por cualquier otro medio válido, en el momento de presentar la solicitud.

¡Importante! Algunas empresas se han quedado fuera tanto del Segmento I como del Segmento II. En el Segmento I no llegaban a 10 empleados en la plantilla y en el Segmento II se pasaban de los 9 trabajadores.

Tras la ampliación de las convocatorias de Kit Digital hasta diciembre de 2024 esas empresas que se habían quedado fuera tienen otra oportunidad.

Es posible que puedan solicitar en 2023 o en 2024 la ayuda para el Segmento I. En este caso, la plantilla se mediría según el último ejercicio cerrado (ya sería del año 2022 o 2023, respectivamente).

Si esas empresas superan los 10 trabajadores podrían solicitar el Bono de Kit Digital dentro de la convocatoria de solicitudes del Segmento I.

 

Requisitos de las empresas del Segmento I de 10 a 49 trabajadores para solicitar el Kit Digital

Las empresas del Segmento I deberán de cumplir los siguientes requisitos para beneficiarse del Bono Digital:

  • Ser pequeñas empresas o autónomos con domicilio fiscal ubicado en territorio español.
  • Estar inscrita en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener una antigüedad mínima de 6 meses.
  • Si se ha realizado un cambio del Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Administración Tributaria Foral y viceversa, se tendrá en consideración el período que haya permanecido inscrito en ambos.
  • No tener la consideración de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
  • La compañía no puede estar incursa en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No superar el límite de ayudas de minimis.
  • Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.

Desde el 15 de marzo de 2022, otro requisito para acceder al Kit Digital es ser una empresa de entre 10 y 49 trabajadores y, por tanto, pertenecer al Segmento I.

No podrán ser beneficiarias del Kit Digital:

  • Las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación de las soluciones de digitalización.
  • Las uniones temporales de empresas (UTES).
  • Las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios.
  • Los autónomos colaboradores en los términos previstos en la normativa aplicable.

 

¿Cómo se solicita la ayuda del Kit Digital?

Las solicitudes del Bono Digital para convertirse en beneficiarios del Kit Digital deberán realizarse a través del solicitante, representante legal o representante voluntario accediendo a la Sede Electrónica de Red.es.

Cada representante voluntario solo podrá presentar un máximo de 500 solicitudes al día.

El formulario de solicitud se encontrará en dicha sede y también será accesible desde la plataforma Acelera Pyme. Deberá incluir:

  • NIF del solicitante.
  • Nombre de la persona física o razón social de la persona jurídica.
  • Domicilio fiscal de la persona física o jurídica.
  • Teléfono y datos de contacto.
  • En su caso, autorización del representante voluntario.

La presentación de las solicitudes supondrá la aceptación de las bases de la convocatoria y de la declaración de la veracidad de la información que se presenta.

En el caso de que la solicitud no reúna los requisitos necesarios, el Órgano Instructor requerirá su subsanación y se concederá un plazo de 10 días hábiles para corregir los errores.

Antes de completar la solicitud del Bono Digital se realizará un test de autodiagnóstico para conocer cómo es el estado de digitalización de la pyme o autónomo y descubrir en qué aspectos debe mejorar.

Este test se realizará en la plataforma Acelera Pyme.

 

¿Cómo se concede la ayuda del Kit digital?

Las ayudas se conceden mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva. Es decir, se otorgarán por orden de llegada siempre y cuando se cumplan los requisitos anteriormente mencionados.

Una vez concedida la ayuda del Kit Digital el beneficiario tendrá que contratar la solución digital que desee.

Para ello tendrá que acceder al Catálogo de Soluciones de Digitalización.

Cuando elija la solución que mejor se adapte a sus necesidades, tendrán que formalizar un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización utilizando un formulario que podrán encontrar en la Sede Electrónica de Red.es.

El plazo máximo para firmar el Acuerdo será de 6 meses desde que se concede la ayuda.

Para justificar que realmente la ayuda del Kit Digital se ha usado con los fines previstos, el Agente Digitalizador se encargará de presentar y aportar los justificantes de gasto. De esta manera, se acreditará la prestación de la solución.

El plazo para justificar los gastos será de 3 meses desde que finaliza la prestación.

 

¿A qué tipo de mejoras puede destinarse el Bono Digital?

Las ayudas tienen que destinarse para adoptar medidas que supongan una mejora funcional.

Deben emplearse para crear una solución completamente nueva. En ningún caso podrán utilizarse para desarrollar o enriquecer servicios y funcionalidades existentes.

El Bono Digital podrá destinarse a adoptar soluciones de digitalización cuyo objetivo sea sustituir las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional, es decir:

  • Como comentamos, la solución tiene que ser totalmente nueva.
  • La solución sustituida no podría cumplir los requisitos mínimos exigidos en la misma categoría de solución de digitalización existente.

¡Importante! Debes tener en cuenta que no se pueden contratar 2 soluciones digitales que pertenezcan a la misma categoría, pero sí podrás solicitar 2 soluciones de diferentes categorías, por ejemplo, un servicio de gestión de procesos y otro de facturación electrónica.

 

¿Cuál es el importe de las ayudas del Kit Digital?

El importe máximo de ayuda por pyme es de 12.000 euros, aunque los importes máximos y la duración de las ayudas varían dependiendo del servicio prestado.

Categoría de soluciones digitales  Meses de prestación del servicio Importe para pymes y autónomos (Segmento I)
Sitio Web y Presencia en Internet 12 2.000 €
Comercio electrónico 12 2.000 €
Gestión de redes sociales 12 2.500 €
Gestión de clientes 12 4.000 € (incluye 3 usuarios)
Business Intelligence y Analítica 12 4.000 € (incluye 3 usuarios)
Gestión de procesos 12 6.000 € (incluye 10 usuarios)
Factura electrónica 12 2.000 € (incluye 3 usuarios)
Servicios y herramientas de oficina virtual 12 250 € por usuario (hasta 48 usuarios)
Comunicaciones seguras 12 125 € por usuario (hasta 48 usuarios)
Ciberseguridad 12 125 € por dispositivo (hasta 48 dispositivos)
Presencia Avanzada en Internet 12 2.000 €
Marketplace 12 2.000 €

 

¿Quiénes pueden ser Agentes Digitalizadores?

Los agentes digitalizadores deben cumplir los siguientes requisitos para poder ofrecer sus servicios a los beneficiarios del Bono Digital:

  • Estar al corriente de pago de seguridad social y agencia tributaria.
  • Facturar más de 100.000 € al año. Para el caso de las personas en situación de autoempleo sin trabajadores a su cargo, la facturación acumulada deberá ser de, al menos, 70.000 euros en los dos 2 anteriores a contar desde el momento de la presentación de la solicitud de adhesión.
  • No estar en una situación de crisis.
  • Tener al menos 2 años de antigüedad.

 

¿Qué soluciones se incluyen en el Catálogo de Agentes Digitalizadores?

Desde el 10 de marzo está activo el Catálogo de Agentes Digitalizadores, con los primeros agentes que participarán en el programa. Puedes consultar la información en la Plataforma Acelera Pyme.

Las pymes y autónomos beneficiarios del Bono Digital podrán elegir entre las siguientes soluciones:

  • Presencia en Internet y sitio web
  • Comercio electrónico
  • Gestión de redes sociales
  • Gestión de clientes y/o proveedores
  • Business Intelligence y analítica
  • Servicios y herramientas de oficina virtual
  • Gestión de procesos
  • Factura electrónica
  • Comunicaciones seguras
  • Ciberseguridad

Además, la Orden ETD/734/2022, de 26 de julio ha incorporado 2 nuevas Categorías:

  • Presencia Avanzada en Internet
  • Marketplace

Firmafy pertenece al catálogo de soluciones digitales del Kit Digital en la categoría de Gestión de Procesos. 

Esperamos que esta información te sirva de ayuda. Continuaremos trabajando para ofrecerte el contenido lo más actualizado posible.

No olvides dejar tu comentario más abajo, ¡nos encanta leerte!

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12 Comentarios

  1. Jose de los santos gallo

    Esto como sería presencial o onlei

    • Olga Agea

      Hola Jose, la solicitud de Kit Digital se realiza de forma telemática. Desde Firmafy te ayudamos a gestionar todos los trámites. Si deseas información contacta con nuestro equipo de atención al cliente, estarán encantados de asesorarte en todo lo que necesites. Un saludo

  2. monica

    buenas tardes, nosotros llevamos con la empresa pyme 14 años pero el año pasado pase de ser autonomo a sociedad limitada..tendria derecho a esta ayuda??

    • Olga Agea

      Hola Mónica, las sociedades limitadas también pueden solicitar la ayuda Kit Digital, aunque uno de los requisitos para obtener el Bono es tener una antigüedad mínima de al menos 6 meses. Si tienes más dudas puedes contactar con nuestro equipo de atención al cliente. Estarán encantados de resolver todas tus cuestiones. ¡Un saludo!

  3. Mario

    Entiendo que si uno es autonomo y quiere utilizar su ayuda para su marca personal entra en el segmento III. Pero en ese caso hay que esperarse a acometer el diseño web/ redes/ o el servicio que se decida pedir hasta septiembre? No se puede contratar ya con una empresa autorizada y acometer ya el servicio y en septiembre pedir la ayuda (en plan retroactivo). Gracias

    • Olga Agea

      Hola Mario, para acceder a tu Bono Digital debes esperar hasta que se publique la fecha para el Segmento al que pertenezcas.
      Una vez publicada, tendrás que solicitar tu Bono y cuando éste sea concedido tendrás un plazo de 6 meses para decidir qué solución digital deseas implantar en tu compañía. De ninguna manera puede hacerse el procedimiento de manera retroactiva.
      Si necesitas más información, nuestro equipo de atención al cliente estará encantado de atenderte y resolver todas tus cuestiones. Un saludo

  4. Javier

    Me guataria recibir mas informacion. Gracia

    • Olga Agea

      Hola Javier, ¡muchas gracias por contactar con Firmafy! Nuestro equipo de atención al cliente contactará contigo por privado para resolver todas tus dudas y ayudarte con la solicitud del Kit digital. Un saludo

  5. MANUEL CAMUÑEZ RAMIREZ

    NECESITO INFORMACION KIT DIGITAL PARA SL

    • Ángela Labrador

      Hola, Manuel. Gracias por contactar, te escribimos por privado para ayudarte con tu kit digital. Un saludo

  6. Francesc Masoller Arias

    Buenas tardes,
    Si quiero implantar la Norma Internacional ISO 27001 (Ciberseguridad), entra dentro de la ayuda del Kit Digital Next Generation ?

    • Ángela Labrador

      Hola, Francesc. Con la ayuda kit digital podrías contratar software de ciberseguridad, no es válido para este tipo de consultorías. Si necesitas ayuda para ver en qué te puedes gastar el bono, nuestro equipo puede ayudarte. Un saludo